Seguros
para Construcción
¿Por que sofise?
Franquicias fijas en responsabilidad civil construcción, modalidad anual.
Cobertura para el promotor de la responsabilidad civil determinada por LOE.
Decenales sin oct para obras finalizadas.
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Seguros para Construcción
Responsabilidad civil promotor
Cualquier promotor, considerado como cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros, que asume la iniciativa de todo el proceso y a la que se obliga a garantizar los daños materiales que el edificio pueda sufrir.
Según la LOE sí. Todos los promotores están sujetos a la Responsabilidad Civil ya que ante un siniestro en una obra, el promotor debe responder, de forma solidaria junto con los demás intervinientes, por los daños que se hayan podido ocasionar a terceros.
El importe del seguro dependerá del PEM, con una cobertura desde 300.000 euros hasta 2.000.000 de euros, por obra y periodo.
- Obras nuevas.
- Ampliaciones.
- Refuerzos.
- Urbanizaciones.
- Instalaciones.
- Derribos.
Todo Riesgo
El seguro todo riesgo de la construcción es un seguro no obligatorio suscrito por el promotor y/o constructor que da cobertura a una serie de daños, cuando éstos se producen de forma accidental o imprevista durante la ejecución de la obra, es por ello que, por norma general, tienen una fecha de inicio y finalización específica.
- Riesgos convencionales, como por ejemplo, incendio o explosión.
- Riesgos de Fuerza Mayor, como viento, lluvia, inundación, etc.
- Riesgos de la ejecución, como defectos en los materiales o mano de obra.
- Robo.
Evidentemente estas coberturas y sus límites varían dependiendo de las aseguradoras, por lo que hay múltiple opciones de contratación y es necesario contar con un asesor experimentado para adecuar dichas coberturas a las características de la obra.
Decenal Daños
El seguro decenal es un seguro obligatorio suscrito por el promotor para garantizar al propietario las responsabilidades de los intervinientes en la obra por daños materiales causados por defectos o vicios que afecten a la resistencia mecánica o estabilidad del edificio y que entra en vigor con la finalización de la obra y la entrega del acta de recepción.
En el caso de autopromotores de viviendas unifamiliares destinadas a su propio uso, dicho seguro no es obligatorio, sin embargo, sin él, no es posible inscribir una nueva vivienda en el Registro de la Propiedad durante esos primeros diez años, lo que significa que la vivienda no se puede ser vendida.
Lo lógico sería pensar, ante este supuesto, en contratar el seguro cuando la vivienda se vendiera, pero es aquí cuando entra la figura de la OCT (oficina de control técnico) que se ocupan de controlar la calidad y ejecución del proyecto e incluso deben estar presentes en los momentos críticos de la ejecución para dar fe de los mismos, por tanto, la mayoría de las aseguradoras exigen la presencia de oct en la obra.
Responsabilidad civil construcción
El seguro de Responsabilidad Civil para una empresa o persona física dedicada a la construcción, le protege frente a las reclamaciones por los daños materiales y/o personales ocasionados a terceros durante la ejecución así como por las reclamaciones derivadas de vicios ocultos una vez terminada la obra.
Al igual que en otro clase de seguros, el constructor responderá solidariamente junto con los demás intervinientes de la obra, por lo que es muy recomendable la inclusión de coberturas como la rc patronal y la rc cruzada para atender a posibles reclamaciones por accidentes personales de empleados propios o de terceros.
Generalmente la póliza es de carácter anual y se cubre toda la actividad desarrollada ya que se tiene en cuenta la facturación del período, en este caso, el capital contratado se puede variar si en un determinado momento es necesario, debido al amplio tipo actividades posibles, desde una obra de reforma a la construcción de un rascacielos, es importante contar con una póliza flexible que se adapte exactamente a las necesidades de la empresa.
Seguro de caución
El seguro de caución es una garantía de cumplimiento del compromiso que adquieren las partes y que se formaliza mediante un contrato. Los avales más comunes suelen ser:
- Entre particulares.
- Aplazamiento de Impuestos y deudas de la Seguridad Social.
- Concursos de obras.
- Afianzamiento de cantidades entregadas a cuenta (ver apartado específico).
- No computa en la CIRBE e incrementa la capacidad crediticia de tu empresa, al no recurrir al crédito disponible.
- Mejora la tesorería de tu empresa al no inmovilizar los recursos financieros, pudiendo dedicarlo así a otras necesidades.
- Costes inferiores al no haber comisiones de estudio, de apertura, de notario…
La cobertura será la cuantía que se garantiza en el contrato y dependerá del tipo de aval
Seguro de afianzamiento de construcciones
Esta modalidad de seguro de caución protege a los compradores de la vivienda ante la posibilidad de que la construcción no sea finalizada o se incumplan los plazos de entrega. De esta forma queda asegurada cualquier cantidad entregada a la empresa constructora.
Promoción directa
Enfocado a los conjuntos de viviendas que se incorporan al mercado bajo la fórmula de oferta y demanda con el objetivo de maximizar su beneficio. Esta tipología tiene dos variables:
De régimen libre
Promotores y gestores tienen la obligación de garantizar las cantidades más los intereses de las cantidades adelantadas por los compradores hasta la primera ocupación
De régimen protegido
Promotores y gestores tienen la obligación de garantizar las cantidades más los intereses de las cantidades adelantadas por los compradores hasta la obtención de la cédula de calificación de vivienda protegida
Comunidades y cooperativas
Un grupo de personas físicas se une con el fin de promover viviendas. La entrada y salida de la cooperativa es libre y la promoción se puede realizar en los dos tipos de régimen. Las viviendas quedan en propiedad de los cooperativistas, sin salir al mercado libre.
Según la legislación vigente, es obligatoria la contratación de una póliza de seguro de afianzamiento al inicio de la promoción.
- Aumento de la capacidad crediticia, no computa en el CIRBE.
- Disminución de las exigibilidades del balance.
- Menores costes debido a la periodicidad, se cobran días exactos
- No hay ni comisiones de estudio ni de apertura.
- No se pignoran los anticipos.
- Obligaciones referentes a la entrega de la vivienda determinadas en el contrato de compraventa.
- La cuantía garantizada es la entregada por el comprador a cuenta del precio final de la vivienda y con antelación a su entrega, excluyendo las cantidades a entregar en la firma de escritura y entrega de llaves, así como el préstamo hipotecario.
- El seguro entra en vigor a partir de la fecha de firma del contrato de compraventa entre promotor y comprador, y finaliza tras la obtención de la documentación legal para entregar la vivienda.
- A estas cantidades se suman el IVA y el interés legal vigente.
Píldoras informativas
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Comparadores
SOFISE
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RC construcción con franquicia fijas en todas las coberturas
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Se incluye afectación estructural
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Se incluyen los derribos previos
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Contestación presupuestos/consultas max. 48h
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Liberación gastos
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RC construcción con opción de capital por siniestro
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RC Promotor única en el mercado con cobertura de período de LOE
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Todo riesgo para estructuras de madera
OTRAS ASEGURADORAS
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Franquicias variables de hasta el 20%
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Riesgo condicionado o excluido
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Riesgo condicionado o excluido
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Lentitud en gestiones
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Sin liberación
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Solo siniestro y año
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RC solo para ejecución
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Riesgo condicionado o excluido
