El Seguro de Responsabilidad Civil del constructor no cubre al promotor

Muchas de las personas que no se dedican tan en profundidad al sector de la construcción, tienen la creencia de que el Seguro de Responsabilidad Civil del constructor también cubre al promotor, pero nada hay más lejos de la realidad, porque, en este caso, cada parte involucrada en el proyecto de construcción es responsable de sus propias acciones y omisiones.

Por ello, en este post, os vamos a contar las principales diferencias entre el Seguro de Responsabilidad Civil para constructores y el Seguro de Responsabilidad Civil para promotores. ¡No te lo pierdas!

¿Cómo es el Seguro de Responsabilidad Civil del constructor?

Se trata de un seguro, cuya póliza, suele ser de carácter anual, cubriendo toda la actividad desarrollada en ese período de tiempo. Además, en este caso, el capital contratado se puede variar si en un determinado momento es necesario, debido al amplio tipo actividades posibles. 

Por su parte, este tipo de seguro tiene como objetivo proteger al constructor frente a las reclamaciones por los daños materiales y/o personales ocasionados a terceros durante la ejecución, así como por las reclamaciones derivadas de vicios ocultos una vez terminada la obra. Así, al igual que veremos en el siguiente caso, el constructor debe responder solidariamente, junto a los demás participantes en la obra.

Por esto, y para atender de una forma óptima a las posibles reclamaciones por accidentes personales de empleados propios o de terceros, desde Sofise, recomendamos que, dentro de este tipo de seguro, se incluyan coberturas como la Responsabilidad Civil Patronal y la Responsabilidad Civil Cruzada.

¿Cómo es el Seguro de Responsabilidad Civil del promotor?

En este caso, el importe de este tipo de seguro dependerá del PEM, siendo las coberturas variables entre 300.000 y 2.000.000€, en función de la obra y el período.

Algunas de las obras que contempla son: obras nuevas, ampliaciones, refuerzos, urbanizaciones, instalaciones y/o derribos.

Además, se trata de un seguro obligatorio, según la LOE, debido a que los promotores están sujetos a la Responsabilidad Civil, y como ocurría en el caso anterior, ante un siniestro en una obra, también deben responder, de forma solidaria junto con los demás intervinientes si se han ocasionado daños a terceros.

En Sofise llevamos más de 25 años dedicándonos a encontrar el seguro óptimo para nuestros clientes. Por ello, somos totalmente conscientes de la gran importancia que tiene contar con una póliza flexible y que se adapte exactamente a las necesidades de cada uno.

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